AURPEZPENA / PRESENTACIÓN

  • DEFINICIÓN:
Se denominan actividades complementarias aquéllas que se realizan dentro del horario lectivo para complementar la actividad habitual del aula. Éstas pueden tener lugar dentro o fuera del Centro.
  • PLANIFICACIÓN:
Para la planificación y aprobación de las actividades complementarias se establece el principio de coherencia con los objetivos propuestos para cada etapa, ciclo y nivel y la premisa de inclusión de las mismas dentro de las programaciones de aula, primando en la selección de las mismas criterios pedagógicos.
De forma paralela se procura la concienciación a la Comunidad Educativa de que dichas actividades forman parte del currículo de las distintas áreas, no siendo meras "excursiones" ocasionales y descontextualizadas del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Las actividades complementarias son incluídas en la Programación General Anual que se elabora al inicio del curso y son aprobadas por el Consejo Escolar del Centro.
Para que el alumnado pueda participar en ellas, cuando éstas tienen lugar fuera del Centro, es prescriptiva una autorización firmada por los padres o tutores.
  • POCESO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS:

En el Centro, existe un proceso de calidad mediante el que se programan, se desarrollan y se evalúan las salidas y las actividades complementarias, tanto las relacionadas con las distintas áreas y asignaturas como otras de carácter más general, procurando que, además de su interés académico, sean atractivas para el alumnado y contribuyan a mejorar la relación entre ellos y con el profesorado, y potenciando, de esta manera la imagen del Colegio.


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Itxi